AGE · Gestión A2

V.8 · 8. Negociación colectiva, representación y participación institucional de los empleados públicos. El derecho de huelga y su ejercicio.

Preguntas y explicaciones del epígrafe seleccionado.

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  1. En relación con el derecho de huelga de los empleados públicos, el artículo 30 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece que:
  2. ¿Qué organización sindical NO forma parte de la vigente Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado prevista en el artículo 34.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre?
  3. De conformidad con el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en relación con los derechos de negociación colectiva, representación y participación institucional, señale la afirmación correcta:
  4. Según el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, ¿qué se entiende por negociación colectiva?
  5. De acuerdo con la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, el incumplimiento de la obligación de atender los servicios esenciales en caso de huelga se considera como:
  6. De acuerdo con el IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, registrado y publicado mediante Resolución de 13 de mayo de 2019, de la Dirección General de Trabajo, ¿cuál de las siguientes opciones se considera órgano de representación unitaria de este personal laboral?
  7. Conforme al artículo 37 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, señale cuál de estas materias queda excluida de la obligatoriedad de negociación:
  8. Conforme al artículo 33.1 del TREBEP, además de las organizaciones sindicales más representativas a nivel estatal y de comunidad autónoma, están legitimados para estar presentes en las Mesas de Negociación los sindicatos que hayan obtenido, en las elecciones a Delegados y Juntas de Personal de las unidades electorales de su ámbito:
  9. Si la Administración y la mayoría de la representación sindical no fijan de común acuerdo la fecha de apertura del proceso de negociación en una Mesa, según el artículo 34.6 del TREBEP este se iniciará:
  10. Según el artículo 35 del TREBEP, en la composición numérica de las Mesas de Negociación:
  11. A efectos de modificar la composición de las Mesas de Negociación, las variaciones en la representatividad sindical se acreditan, según el artículo 35.2 del TREBEP:
  12. ¿Qué materia es específicamente objeto de negociación en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas, según el artículo 36.2 del TREBEP?