AGE · Gestión A2

IV.5 · 5. Los contratos del sector público (I): concepto, clases y elementos. Preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Régimen de invalidez y recursos.

Preguntas y explicaciones del epígrafe seleccionado.

Todos los epígrafes
  1. Según el artículo 88 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario podrá ser acreditada a elección del órgano de contratación teniendo en cuenta la relación de las obras ejecutadas en el curso de:
  2. De conformidad con el artículo 120 de la LCSP, señale la respuesta correcta respecto a la tramitación de emergencia de los contratos en el sector público:
  3. Respecto del recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 44 y siguientes de la LCSP, señale la respuesta INCORRECTA:
  4. Indique la respuesta correcta con relación a la adjudicación de los contratos:
  5. ¿Cuál es el orden jurisdiccional competente para las cuestiones relacionadas con la preparación y adjudicación de los contratos privados de las Administraciones Públicas, de acuerdo con el artículo 27 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público?
  6. Indique cuál de los siguientes costes sí es susceptible de revisión de precios en los contratos de las entidades del Sector Público, siempre que se cumplan todos los requisitos y de acuerdo con el artículo 103 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público:
  7. Salvo en los contratos de suministro de energía y en las concesiones de servicios, ¿qué requisitos exige el artículo 103 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, para que proceda la revisión periódica y predeterminada de precios?
  8. Según el artículo 50 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, con carácter general, ¿en qué plazo debe presentarse el escrito que inicia el recurso especial en materia de contratación?
  9. Conforme al artículo 107 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, cuando en casos especiales el pliego exige además una garantía complementaria, ¿qué porcentaje máximo puede alcanzar la garantía total?